Ley de dependencia Madrid

Toda la información que necesitas conocer sobre la Ley de Dependencia Madrid. Te explicamos como solicitarla y que ayudas te corresponde en tu caso.

 

Solicitar más informaciónCheque servicio dependencia

¿Qué es la ley de dependencia Madrid?

Nuestra sociedad ha cambiado, y mucho, en los últimos años. Y uno de los cambios más significativos que se han producido es el progresivo envejecimiento de la población española: no solamente hay muchas mas personas mayores, sino que además éstas viven durante más tiempo. Y otro de los grandes cambios de nuestra sociedad es la incorporación permanente de la mujer al mundo del trabajo.

Esta nueva situación ha generado nuevas necesidades en las familias: ya no es tan fácil cuidar de nuestros mayores o nuestros familiares dependientes. Las tareas que hasta ahora realizaba la mujer en el domicilio han pasado a repartirse entre la pareja, y a producirse en un horario muy reducido. Esto significa que nuestros mayores y nuestros familiares dependientes están mucho más tiempo solos, si no es todo el tiempo, y en muchas ocasiones se encuentran en verdaderas dificultades para desarrollar su vida diaria, con sus actividades cotidianas dentro y fuera del hogar.

Pero también los mayores y personas independientes pueden contar con una “ayuda extraordinaria”. Esta ayuda está proporcionada por la Comunidad de Madrid, que dispone de distintas modalidades que pueden ayudarle según su situación personal.

Y para ello se desarrolló en el año 2006 la Ley de Dependencia, Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas que se encuentran en Situación de Dependencia, con el objetivo de regular la concesión de las diferentes ayudas siguiendo criterios de universalidad, sostenibilidad y calidad. Y con esta ley, denominada Ley 39/2006 de 14 de Diciembre, se reconocieron los derechos que las personas que se encuentran en situación de dependencia tienen para seguir viviendo con autonomía y dignidad.

En este enlace puedes encontrar el texto completo de la ley y toda la normativa al respecto: Acceso a la normativa general

¿Cómo puedo saber si yo soy una persona dependiente?

Según la Ley 39/2006 de 14 de Diciembre, DEPENDENCIA es el “estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal.”

AUTONOMIA es la “capacidad de controlar, afrontar y tomar, por propia iniciativa, decisiones personales acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias así como de desarrollar las actividades básicas de la vida diaria.”

A través de los Servicios Sociales de tu Ayuntamiento, puedes solicitar la valoración de tu situación de dependencia. Para ello tienes que residir en España durante por lo menos cinco años, los dos últimos inmediatamente anteriores a la fecha en que presentes tu solicitud.

Mediante este enlace puedes acceder a la normativa autonómica que regula la atención y prevención de la dependencia: Acceso a la normativa autonómica

Por supuesto, tienes que aportar bastante documentación: desde información relativa a tu residencia en la Comunidad de Madrid, DNI, un informe médico, realizado por un médico colegiado, y otros documentos según sea tu situación. También puede realizarse esta solicitud por una persona que te represente legalmente.

En este enlace puedes obtener el formulario de la solicitud, o cumplimentarlo online si así lo deseas entrando aquí

Para presentar toda la documentación que hayas reunido puedes dirigirte a:

  • Centro de Servicios Sociales municipales que corresponda a tu domicilio.
  • Registro de la Consejería de Asuntos Sociales C/O’Donnell, 50 o C/Agustín de Foxá, 31
  • Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, que puedes encontrar aquí

O también puedes presentar la solicitud y todos los documentos por internet, para lo cual deberás disponer de un Certificado Electrónico reconocido.

¿Cuáles son los grados de dependencia y cómo se valoran?

Como ya habrás imaginado, no todas las personas tienen el mismo grado de dependencia. Para valorar tu grado de dependencia los profesionales especializados en ello utilizarán un Baremo. Para ello realizarán una evaluación en tu entorno habitual (domicilio, residencia…) donde considerarán tanto los informes de salud que aportas como las condiciones en que vives, etc.

Existen tres Grados:

  • Grado III – Gran Dependencia. Cuando la persona necesita la ayuda continua de otra persona para realizar sus actividades básicas diarias.
  • Grado II – Dependencia Severa : Cuando la persona necesita ayuda para sus actividades básicas dos o tres veces diarias, pero no hace falta un cuidador de forma permanente.
  • Grado I – Dependencia Moderada: La persona tiene necesidad de ayuda por lo menos una vez al día, o necesita una ayuda de forma intermitente.

¿Cuáles son las ayudas que puedo solicitar?

Existen varias ayudas que concede la Comunidad de Madrid. Debes saber que en muchos casos no son compatibles unas ayudas con otras, sino que debes optar por la que mejor solucione tu situación:

1. Prestaciones económicas:

(El usuario percibe mensualmente una cantidad económica). Tiene diferentes modalidades:

a) Cuidados en el entorno Familiar – Cuando la persona dependiente es cuidada por alguien de su familia o entorno, no profesional. El importe de estas ayudas va desde 153,00€ a 387,64€ mensuales. Un cuidados no profesional puede ser el cónyuge y los parientes por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta tercer grado de parentesco. Y deben acreditar que conviven con el dependiente durante por lo menos un año.

b) Prestación Vinculada al Servicio: Esta ayuda económica tiene el objetivo de contribuir a los gastos que el usuario hace para recibir el apoyo de un profesional. La Comunidad de Madrid gestiona estas prestaciones a través de un sistema que se denomina Cheque Servicio. La cuantía de esta prestación varía de 300,00€ a 715,07€ mensuales, en función del Grado de Dependencia.

Te recordamos que Teresa Dompablo Home Services se encuentra debidamente acreditado ante la Comunidad de Madrid para prestar el servicio de ayuda a domicilio vinculado al Cheque Servicio. Nuestro número de Registro de Entidades, Centros y Servicios de Acción Social es: E2890.2, y contamos ya con clientes que reciben esta ayuda periódicamente.

c) Asistente Personal – El usuario percibe una cantidad de entre 300€ a 715,07€ mensuales para que contrate un asistente personal

2. Teleasistencia:

Seguro que ya lo conoces: es un medallón o pulsera con el que puedes acceder telefónicamente a una centralita en caso de que lo necesites. La Teleasistencia está proporcionada por la Comunidad de Madrid solamente si tienes reconocido algún grado de Dependencia. En caso contrario, deberás dirigirte a los Centros de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Madrid.

3. Ayuda a domicilio o asistencia domiciliaria:

La Comunidad de Madrid proporciona en este caso personas que atienden determinadas necesidades del usuario en su propio domicilio. Puede ser ayudarle con las tareas del hogar, compras, cocina, o también apoyo de tipo personal.

4. Centros de día:

En ellos se atiende a las personas dependientes durante varias horas al día. Existen dos tipos según el número de días de la semana en que se presta este servicio:

  • Atención diurna intensiva: De 4 a 5 días a la semana
  • Atención diurna no intensiva: De 2 a 3 días a la semana

Puedes informarte sobre el Servicio de Atención Diurna en el número de teléfono 012. Y en el siguiente enlace podrás buscar los centros de día que te correspondan: Localizador de centros de día para personas mayores dependientes.

5. Residencias:

Este servicio, que se presta en centros residenciales públicos, concertados o autorizados, se gestiona a través del Centro de Servicios Sociales que te corresponda, dependiendo dónde se encuentre tu domicilio. Para informarte al respeto debes llamar al número de teléfono 012.

 

WhatsApp
Llamar